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El 01 de enero de 2022, entró en vigencia la Ley 10.788 (Ley Impositiva Anual 2022 de Córdoba), en la cual se establecen las alícuotas y cuotas fijas para la percepción de los tributos de la Provincia de Córdoba correspondientes al año 2022, incluidas las tasas retributivas de servicios por trámites a iniciar por ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas (IPJ).
Dichas tasas serán aplicables a todos los trámites que sean ingresados efectivamente a partir del 01 de enero de este año ante IPJ, perdiendo validez automáticamente la totalidad de tasas que se hubieran abonado en el periodo 2021 por el mismo trámite. Por ejemplo, si el 28 de diciembre iniciaste la carga de un trámite y abonaste la tasa conforme la Ley Impositiva 2021 pero pudiste finalizarlo efectivamente recién el día de hoy, 03 de enero, deberás abonar nuevamente la tasa, pero conforme los valores establecidos en la Ley Impositiva 2022.
Te compartimos los nuevos valores vigentes para Asociaciones Civiles (incluye Federaciones, Confederaciones y Cámaras) y Fundaciones (regulados en el Art. 82 de la citada Ley):
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